CONDICIONES DE ADHESIÓN AL DIRECTORIO

PRIMERO.– CRITERIOS DE VALORACIÓN PARA ACCEDER AL DIRECTORIO:

Para que una solicitud sea aceptada en el Directorio Profesional de Mujeres en la Cultura de Canarias, el Instituto Canario de Desarrollo Cultural (ICDC) comprobará, en primer lugar, que el cuestionario de inscripción esté cumplimentado de forma íntegra y correcta. Esto implica que todos los campos requeridos se encuentren debidamente rellenados, que la documentación justificativa —identificación, datos de contacto, enlaces a porfolio y cualquier otro material acreditativo— se haya aportado en los formatos solicitados y que no existan omisiones que impidan la adecuada identificación y clasificación de la candidata. Si la información esencial faltara o resultara insuficiente, el ICDC emitirá un único requerimiento de subsanación; de no atenderse en plazo, la solicitud quedará archivada sin perjuicio de nuevas presentaciones.

Asimismo, la trayectoria profesional declarada deberá guardar una correspondencia directa y verificable con el sector principal y la subcategoría seleccionados. Las obras, proyectos y experiencias reseñadas han de demostrar actividad real en el ámbito elegido; en ningún caso se admitirá la inclusión de perfiles que no acrediten experiencia previa en la categoría solicitada. En el supuesto de trayectorias multidisciplinares, se podrán solicitar varias subcategorías siempre que se justifique de forma suficiente la actividad desarrollada en cada una de ellas, evitando solapamientos que pudieran inducir a error sobre la especialidad predominante.

Por último, la candidata deberá declarar responsablemente que carece de antecedentes penales o procedimientos judiciales en curso que puedan suponer inhabilitación profesional o resultar incompatibles con los valores y objetivos del Directorio. Cuando existan indicios o razones justificadas, el ICDC podrá requerir un certificado negativo de antecedentes penales o efectuar verificaciones en registros públicos. La detección de delitos firmes relacionados con la integridad moral, la libertad sexual, la propiedad intelectual o cualquier otro que contradiga el Código de Buenas Prácticas conllevará la denegación o cancelación de la inscripción.

SEGUNDO.– CONDICIONES DE ADHESIÓN AL DIRECTORIO:

Al confirmar su inscripción, la profesional acepta íntegramente las siguientes condiciones:

1) Naturaleza gratuita y voluntaria.

La inscripción en el Directorio Profesional de Mujeres en la Cultura de Canarias es totalmente gratuita y se apoya en la libre voluntad de cada profesional. El alta no genera derecho a retribución, compensación económica ni vínculo laboral, mercantil o de prestación de servicios con el Instituto Canario de Desarrollo Cultural, S.A. La participación se concibe como una colaboración de interés público destinada a potenciar la visibilidad y las oportunidades de las mujeres en el sector cultural del Archipiélago.

2) Uso y publicación de datos

Los datos facilitados se incorporarán exclusivamente al Directorio, que es de libre consulta para empresas, medios de comunicación, agentes culturales y ciudadanía. Su finalidad es facilitar la búsqueda y contratación de perfiles profesionales femeninos del ámbito cultural canario.

El ICDC podrá ajustar textos e imágenes — sin modificar su contenido esencial — a fin de garantizar la accesibilidad web, la coherencia de estilo y la correcta maquetación. Cualquier adaptación preservará la autoría, la integridad de la información y los derechos morales de la profesional.

3) Derechos de propiedad intelectual

La autora mantiene la plena titularidad sobre las obras, fotografías, textos y demás materiales que aporte. No obstante, concede al ICDC una licencia no exclusiva, gratuita, mundial y por tiempo indefinido para reproducir, comunicar públicamente y poner a disposición dichos materiales:

4) Actualización y veracidad de los datos facilitados

La inscrita se compromete a mantener la información aportada veraz, completa y al día, notificando cualquier cambio (domicilio profesional, nuevos proyectos, premios, cese de actividad, etc.). El canal de comunicación habilitado para estas gestiones será el correo electrónico.

La inexactitud reiterada o el incumplimiento de este deber podrán dar lugar a la suspensión o baja del perfil.

5) Duración de la adhesión

La pertenencia al Directorio tiene carácter indefinido, mientras subsistan los requisitos de admisión y la profesional no solicite la baja voluntaria. El ICDC podrá suspender o cancelar la inscripción previa notificación motivada, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos:

-    Incumplimiento grave de las presentes condiciones o del Código de Buenas Prácticas.

-    Aportación de datos falsos o engañosos.

-    Resolución o modificación normativa que así lo exija.

6) Responsabilidad

La profesional garantiza la titularidad y legitimidad de los contenidos aportados, así como la inexistencia de derechos de terceros que limiten su difusión. Será responsable frente a cualquier reclamación derivada de la inclusión de información no autorizada, ilícita o que vulnere derechos de propiedad intelectual, de imagen o de protección de datos de terceros. El ICDC actúa únicamente como intermediario de la información publicada y declina toda responsabilidad por posibles perjuicios ocasionados por inexactitudes u omisiones imputables a la inscrita.

7) Publicidad y difusión del Directorio

Con el fin de fortalecer la visibilidad del proyecto y su impacto social, el ICDC podrá citar o mostrar referencias genéricas de las profesionales inscritas (nombre, categoría profesional, isla de residencia) en campañas institucionales, informes estadísticos, memorias de actividad y materiales divulgativos físicos o digitales.

Por su parte, las integrantes podrán exhibir en sus canales corporativos la mención «Integrante del Directorio Profesional de Mujeres en la Cultura de Canarias» y emplear el distintivo gráfico oficial que facilite el ICDC, siempre respetando el manual de identidad visual.

8) Resolución de controversias

Cualquier discrepancia sobre la interpretación o cumplimiento de estas condiciones se intentará resolver, en primera instancia, mediante diálogo directo o, en su caso, a través de los mecanismos de mediación cultural que habilite el ICDC. Agotada esta vía sin acuerdo, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción civil que resulte competente conforme a la legislación española.

9) Protección de datos personales

Al solicitar y confirmar su adhesión al Directorio Profesional de Mujeres en la Cultura de Canarias, la interesada autoriza expresamente al Instituto Canario de Desarrollo Cultural, S.A. a tratar sus datos personales únicamente para la gestión, validación y difusión de su perfil profesional dentro del Directorio y de las actividades promocionales vinculadas al mismo, conforme a la normativa vigente en materia de protección de datos. Los datos no se cederán a terceros salvo obligación legal, y la inscrita podrá ejercer en cualquier momento sus derechos de acceso, rectificación, supresión y demás reconocidos por la ley, dirigiéndose al ICDC por los canales establecidos.

10) Modificación de condiciones

El ICDC podrá actualizar o complementar las presentes condiciones para adaptarlas a cambios legislativos o necesidades operativas. Las modificaciones se notificarán a las personas inscritas por correo electrónico. Durante ese plazo, toda profesional podrá aceptar la nueva versión o solicitar su baja si no estuviera conforme.

TERCERO.– Código de Buenas Prácticas:

El Código de Buenas Prácticas define los principios éticos y las pautas de conducta que deben observar todas las profesionales inscritas, así como cualquier persona u organización que utilice o colabore con el Directorio Profesional de Mujeres en la Cultura de Canarias (en adelante, el “Directorio”). Su finalidad es garantizar un espacio seguro, inclusivo y ejemplar, alineado con los valores de igualdad, diversidad y respeto que promueve el Instituto Canario de Desarrollo Cultural, S.A.

1) Principios rectores que deben ser respetados:

-    Igualdad y no discriminación

-    Respeto y dignidad

-    Integridad y veracidad

-    Colaboración y sororidad

-    Responsabilidad social y cultural

2) Compromisos de las profesionales inscritas
3) Mecanismo de supervisión y cumplimiento

Cualquier persona podrá comunicar al ICDC presuntas vulneraciones del Código. Las denuncias serán confidenciales y se tramitarán con garantías de imparcialidad y protección frente a represalias. En cuanto a las sanciones, se tendrá en cuenta las siguientes medidas de cumplimiento:

-    Amonestación escrita con obligación de subsanar la conducta o la información errónea.

-    Suspensión temporal del perfil, con retirada de contenidos durante el plazo que se determine por el área de Igualdad del ICDC.

-    Baja definitiva del Directorio cuando concurran infracciones graves o reiteradas, o cuando no se atienda un requerimiento de subsanación.

Estas medidas se aplicarán de forma motivada y proporcionada, garantizando previamente el derecho de audiencia de la profesional afectada.

4) Revisión y actualización del Código

El ICDC revisará periódicamente el presente Código para adaptarlo a nuevas realidades, estándares sectoriales y normativa aplicable.